Plan Cambia 360: adiós a las calderas de carbón en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid ha elaborado el Plan Cambia 360. La idea es conceder 12,5 millones de euros en ayudas para que las calderas de carbón y gasóleo sean sustituidas por instalaciones más eficientes.

Plan Cambia 360

Ha sido a través de la Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad que sustituye a la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano.

¿Quién se puede beneficiar de estas ayudas?

La regulación aprobada estipula que todas las personas físicas y jurídicas (particulares y empresas) que cambien sus sistemas de carbón y gasóleo  entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020 podrán ser susceptibles de estas ayudas.

Aunque según lo anunciado, parece que el objetivo es eliminar cualquier rastro de calderas de carbón en dos años, lo que se pretende es la prohibición de la instalación de estas. De hecho, lo que se busca es que en 7 años (para 2027) el número quede reducido a la mitad: de las 4500 que existen a día de hoy, pasar a poco más de 2000.

Reducción de emisiones

Esta iniciativa se toma con el objetivo impuesto por la Unión Europea de reducir las emisiones en óxidos de nitrógeno (NOx). Lo que busca el ejecutivo madrileño es aminorar la contaminación de esta molécula en 90 toneladas, para lo que se calcula que se necesitan alrededor de 50 millones de euros en los próximos tres ejercicios. Es decir, para 2023 se espera un 20% de rebaja en las emisiones de este gas.

En qué consiste el plan Cambia 360

El plan aprobado consta de tres líneas de actuación:

¿Cuánto se financia?

La cantidad financiada no superará el 60% del coste (IVA no incluido) en edificios de uso residencial y al 40% en edificios de otros usos.

En cuanto a calderas de gasóleo, el incentivo para edificios de uso residencial no será mayor del 40% del coste elegible (IVA no incluido) y para edificios de uso no residencial del 25% del coste (IVA no incluido).

Por su parte, en cuanto a las ayudas para las pymes, estas vendrán determinada en función de la potencia térmica nominal en régimen de calor o capacidad calorífica del equipo y las funcionalidades que ofrezca y se definirá en la convocatoria correspondiente.

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