Si vives o has vivido de alquiler, seguramente te hayas planteado a quién le corresponde pagar la caldera en caso de que se estropee. Por un lado, es lógico pensar en el arrendador (el casero), ya que tiene la obligación de mantener la finca alquilada en condiciones de habitabilidad, pero por otro, podríamos pensar que la reparación podría correr a cargo del inquilino, ya que se puede considerar una pequeña reparación necesaria debido al uso inadecuado de la caldera. Si te lo has preguntado, es normal: se trata de una de las disputas más habituales entre ambas partes. Por ello, hoy intentamos aclarar la duda de quién se encarga de la reparación de la caldera en un piso en alquiler.
Reparación de la caldera en un piso de alquiler: qué dice la ley
Si nos remitimos al artículo 21 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, nos encontramos con que el propietario es el encargado de hacer las reparaciones necesarias para mantener la habitabilidad de la vivienda. Hasta aquí, parece claro: la reparación corre a cargo del arrendador. Pero esta misma ley también indica que en caso de pequeñas reparaciones necesarias debidas al desgaste de uso, debe ser el arrendatario (inquilino) el responsable de financiar dicha reparación. Por ultimo, también se indica que, en caso de poder imputarse la rotura del aparato al inquilino por un mal uso, éste también deberá hacerse cargo.
Según la propia ley, lo primero que hay que averiguar es por qué se ha roto la caldera. Según la respuesta a esta pregunta, encontraremos al responsable de arreglarla o de pagar una nueva. Por ello, es fundamental contar con un informe profesional técnico que determine la causa de la avería, así como si hace falta una sustitución.
Si la causa de rotura es que la caldera o el termo son defectuosos, o si el fallo de debe a la antigüedad del aparato, es el propietario quien debe hacer frente a la cantidad necesaria para la reparación o sustitución del aparato.
En cambio, si se hace necesaria una reparación o una sustitución por una mal uso de la caldera (independientemente de que se haya hecho por voluntad o sin querer), debe ser el inquilino quien debe hacer frente al subsanamiento de los desperfectos.
¿Quién se encarga de llamar al técnico?
También es importante determinar quién es el encargado de llamar al técnico que realice dicho informe. En principio, el inquilino debe comunicar la avería al propietario y debe ser éste el que llame al técnico. Si el arrendatario no avisa rápidamente, se le pueden imputar los daños causados por la avería (si, por ejemplo, hay una fuga de agua y provocamos daños en la vivienda de abajo por no avisar a tiempo). La ley solo especifica que se debe avisar de manera urgente de aquellas averías que surjan en la vivienda.
En caso de que el arrendador no responda al aviso, podremos llamar nosotros directamente al técnico. En este caso, debemos contar con pruebas por escrito de que hemos contactado con el casero, así como una factura del servicio técnico (para tener posibilidad de recuperar el cobro).