Prohibición de las calderas de carbón en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la prohibición de las calderas de carbón desde el 1 de enero de 2022.  El consistorio ha legislado para aprobar una nueva Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (la anterior llevaba vigente desde 1985). Esta nueva norma es más exigente y se adopta para cumplir la normativa europea.

Prohibición de las calderas de carbón

Prohibición de las calderas de carbón

Como hemos destacado, esta nueva normativa decreta la prohibición de las calderas de carbón a partir de 2022. En la capital, todavía quedan alrededor de 200 de este tipo. El Ayuntamiento ha puesto en 2020 una línea de ayudas para sustituir tanto estas como las de gasóleo, de las que actualmente hay 4500 ejemplares. Este plan de sustitución ha contado con un presupuesto de 12,5 millones de euros y se espera que se renueve para 2021 con mayor dotación económica. Esta es una de las áreas donde pretende operar la Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (OCAS), en sustitución de la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano (OGPMAU).

Ordenanza de Calidad del Aire y Sostenibilidad (OCAS)

Pero esta normativa afecta a otras áreas que te resumimos:

Infracciones por incumplimiento

Si se incumplen las obligaciones establecidas en la ordenanza, la tipificación de la infracción puede ser hasta muy grave. Esto significa que la multa puede ascender a los 3000 euros. Si la infracción es grave, tiene un máximo de 1.500 euros. Por último, las leves, con sanciones de hasta 750 euros.

De todas formas, la OCAS pretende priorizar medidas correctivas -avisar al infractor para subsanar el problema- y, en caso de persistir, proceder con la infracción. De hecho, se pretende dotar de mediación a los procedimientos en los que no se proceda a sancionar.

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